La jurisdicción laboral dicta dos sentencias contra el Ayuntamiento de Boadilla, no firmes todavía, por la fraudulenta e irregular encomienda de funciones a dos cargos de confianza, personal eventual, del Equipo de Gobierno del PP.
3 de julio de 2024
En los meses de abril de 1997 y mayo de 2002, dos trabajadores del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, ambos Licenciados en Ciencias de la información, desempeñaron su trabajo, hasta su cese el 16 de junio de 2023, en diferentes Concejalías y Áreas como; Cultura, Turismo, Personas mayores, Servicios Sociales, Familia, Mujer e Infancia, etc. y en puestos de trabajo tales como Coordinador Técnico o Coordinadora. Ambos trabajadores fueron cesados por el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Boadilla como personal eventual de confianza, todo ello con motivo de la expiración del mandado de la Corporación Municipal 2019-2023.
Tras dicho cese, los dos trabajadores presentaron demanda de despido en impugnación de la comunicación de cese como personal eventual, afirmando el carácter laboral de la prestación de servicios que realizaban, oponiéndose el Ayuntamiento a dicha reclamación con base en la inexistencia de la relación laboral.
Con fecha 8 de marzo y 6 de mayo de 2024, respectivamente, se han dictado sentencias por el Juzgado de lo Social, no firmes todavía, donde se afirma con claridad que las funciones desarrolladas por ambos trabajadores municipales no eran las propias de un puesto de confianza o asesoramiento especial, pretensión del Ayuntamiento para, aparentemente, eludir el pago de la indemnización por despido a la que aquellos trabajadores tenían derecho.
Lo que afirman con nitidez ambas resoluciones judiciales en sus hechos probados y fundamentos es, por el contrario, que en ambos casos la relación que unía a las partes era laboral y de carácter indefinido, afirmando en dichas sentencias que:
“…hubo fraude en la contratación puesto que se trataba de atender una necesidad permanente de la corporación municipal con lo que la relación devino en indefinida no fija por lo que el cese de 16- 06-2023 respondió a un despido que ha de ser declarado improcedente con los efectos legales inherentes…” (Sentencia de 8 de Marzo de 2024)
“…Y dicho nombramiento irregular encubre en realidad la presencia de una relación laboral indefinida…”. (Sentencia de 6 de Mayo de 2024).
El PSOE ha pedido explicaciones al Equipo de Gobierno del PP sobre las resoluciones judiciales que se han dado a conocer en los plenos de abril y junio respectivamente, a lo que solamente han manifestado la intención de recurrir las mismas al no ser firmes, por lo que el Grupo Municipal Socialista estará muy pendiente del fallo final y la posible repercusión económica para las arcas municipales del Ayuntamiento de Boadilla.
Por todo lo anteriormente expuesto, Alfonso Castillo, Portavoz del Grupo Municipal Socialista, durante el pasado pleno municipal del 21 de junio, manifestó que “según se desprende de las resoluciones judiciales, la negligente gestión por parte del equipo de Gobierno del PP en la contratación de estos dos trabajadores que legítimamente reclaman sus derechos, puede ocasionar un grave perjuicio económico de casi 200.000 euros a las arcas municipales”, “¿quién se va a hacer responsable de esto?”, “¿quién lo va a pagar?”, “desde luego el posible abono de estas cuantías económicas no debería recaer sobre los vecinos y vecinas de Boadilla del Monte”. Que se hagan responsables y paguen aquellos que han llevado a cabo, según la jurisdicción laboral, estas malas prácticas.